domingo, 8 de junio de 2008

Empadronamientos Municipales en las Custodias Compartidas

http://www.hera2001.com/custodiaresponsable/noticiasD.asp?id=150
La Fiscalía establece que los hijos con CUSTODIA COMPARTIDA compartida sean empadronados en un solo domicilio.

Madrid.- Una instrucción de la Fiscalía General del Estado sobre la guarda y custodia compartida y el empadronamiento de menores establece que los hijos sean inscritos en un solo domicilio y preferentemente en el del progenitor con el que pasa más tiempo.
La instrucción responde a la irrupción del nuevo régimen de guarda compartida -previsto en la reforma de la ley del divorcio-, que "ha puesto de relieve problemas" en cuanto al empadronamiento de los hijos menores.

La dificultad para los gestores del Padrón reside en que cuando hay un régimen de convivencia con cada uno de los padres muy equilibrado, "les es imposible determinar cuál debe considerarse residencia habitual del menor, a efectos de empadronamiento".

Por ello, la Fiscalía ordena que los menores sean empadronados en un solo domicilio, preferentemente el del progenitor con el que pasa la mayor parte del tiempo.

Si los periodos están equilibrados hasta el punto de que no pueda determinarse con cuál pasa la mayor parte del año, deberán ser en principio los propios progenitores quienes, de mutuo acuerdo, elijan entre las dos viviendas en las que el menor viva, aquella en la que ha de ser empadronado el menor, añade el documento.

Para coadyuvar a un pacífico disfrute del menor de su derecho a estar correctamente empadronado, los fiscales velarán porque en los convenios reguladores, o excepcionalmente a falta de ellos, en las resoluciones judiciales en que se opte por una guarda y custodia compartida con tiempos equilibrados se determine cuál ha de entenderse como domicilio del menor a efectos de empadronamiento.
Fuente: laley.net

No hay comentarios: