http://www.discapnet.es/Castellano/actualidad/Linea_Social/paginas/detalle.aspx?Noticia=178112
UNA CONCENTRACIÓN DE PADRES Y MADRES SEPARADOS EXIGIRÁ MAÑANA AL GOBIERNO LA CUSTODIA COMPARTIDA
SERVIMEDIAMADRID 13-JUN-2009
Padres y madres separados o divorciados se concentrarán mañana en Madrid para exigir al Gobierno la guarda y custodia compartida de sus hijos y la liquidación de los bienes gananciales, en los procesos de ruptura de la pareja, ya que, argumentan, son factores que "determinan el 80% de los casos de violencia de género actuales".
Según informó la Asociación Padres y Madres en Acción de Madrid, convocante de la protesta, pide también permiso de paternidad igual al de maternidad y un Ministerio "real" de Igualdad entre el hombre y la mujer "y no feminista".
Además, denuncia "el maltrato institucional al que se ven sometidos los hijos de padres y madres separados en España";
piden la liquidación judicial de los bienes gananciales "de forma inmediata" y ayudas gubernamentales para el acceso a la vivienda de padres y madres separados o divorciados.
La concentración se celebrará mañana en la Plaza Mayor de Madrid a partir de las 11 de la mañana.
En ella habrá también una mesa de firmas para que los ciudadanos que lo deseen apoyen las reivindicaciones de los convocantes.
A la convocatoria de la Asociación Padres y Madres en Acción de Madrid se han unido otras agrupaciones regionales de las mismas características.
Más Medios de Comunicación:
http://ecodiario.eleconomista.es/sociedad/noticias/1326385/06/09/Una-concentracion-de-padres-y-madres-separados-exigira-manana-al-gobierno-la-custodia-compartida.html
Este Blog es un punto de Información sobre la Aplicación de la Custodia Compartida de los menores, inmersos en los Procesos de Ruptura de la Pareja. Un deseo reflejado en la exposición de motivos de la actual Ley del Divorcio (Ley 15/2005) pero que el lobby Feminista lo impidio, con el apoyo del Presidente del Gobierno Sr. Rodriguez Zapatero. La Consecuencia inmediata, fue la destitución del Ministro de Justicia y el Empobrecimiento de la Infancia y de las Familias en España.
sábado, 20 de junio de 2009
Despliegan un Paracaidas por la Custodia Compartida en Madrid
http://www.adn.es/sociedad/20090614/NWS-0493-Despliegan-compartida-paracaidas-custodia-hijos.html
Despliegan un paracaídas para pedir la custodia compartida de los hijos
EFE.Madrid
La Asociación de Padres y Madres en Acción (PAMAC) ha desplegado hoy en la Plaza Mayor de Madrid un paracaídas multicolor, con los nombres de varios niños, para reivindicar la custodia compartida de los hijos tras el divorcio.
Junto a la estatua ecuestre de Felipe III, este colectivo ha colocado 2 pancartas con los lemas: "Por ti corazón. ¡Custodia compartida!" y
"Derecho a una justicia eficiente y tutela judicial efectiva.
Contra los errores judiciales.
Por la reforma del derecho de familia".
Además, han desplegado un paracaídas rojo, amarillo, verde y azul, de unos 750 centímetros de diámetro, con los nombres de varios niños, que ha llamado la atención de algunos pequeños y transeúntes que paseaban por la Plaza Mayor.
El presidente de PAMAC, Francisco Rodríguez, ha explicado a Efe que ni la Ley del Divorcio ni la Ley de Violencia de Género solucionan los problemas que se producen tras la ruptura de una pareja en España.
Rodríguez ha recordado el caso de una persona en Sevilla que estuvo once meses en la cárcel por una denuncia falsa en un proceso de divorcio.
Ha reclamado una modificación de la Ley del Divorcio del año 2005 para favorecer la guarda y custodia compartida automática de los hijos después de la ruptura de la pareja, la corresponsabilidad parental y la liquidación de bienes gananciales, como ocurre en la mayoría de los países europeos.
Francisco Rodríguez ha opinado que la corresponsabilidad parental es el mejor sistema para velar por el interés del menor y eliminar los efectos negativos de los procesos de divorcio.
Despliegan un paracaídas para pedir la custodia compartida de los hijos
EFE.Madrid
La Asociación de Padres y Madres en Acción (PAMAC) ha desplegado hoy en la Plaza Mayor de Madrid un paracaídas multicolor, con los nombres de varios niños, para reivindicar la custodia compartida de los hijos tras el divorcio.
Junto a la estatua ecuestre de Felipe III, este colectivo ha colocado 2 pancartas con los lemas: "Por ti corazón. ¡Custodia compartida!" y
"Derecho a una justicia eficiente y tutela judicial efectiva.
Contra los errores judiciales.
Por la reforma del derecho de familia".
Además, han desplegado un paracaídas rojo, amarillo, verde y azul, de unos 750 centímetros de diámetro, con los nombres de varios niños, que ha llamado la atención de algunos pequeños y transeúntes que paseaban por la Plaza Mayor.
El presidente de PAMAC, Francisco Rodríguez, ha explicado a Efe que ni la Ley del Divorcio ni la Ley de Violencia de Género solucionan los problemas que se producen tras la ruptura de una pareja en España.
Rodríguez ha recordado el caso de una persona en Sevilla que estuvo once meses en la cárcel por una denuncia falsa en un proceso de divorcio.
Ha reclamado una modificación de la Ley del Divorcio del año 2005 para favorecer la guarda y custodia compartida automática de los hijos después de la ruptura de la pareja, la corresponsabilidad parental y la liquidación de bienes gananciales, como ocurre en la mayoría de los países europeos.
Francisco Rodríguez ha opinado que la corresponsabilidad parental es el mejor sistema para velar por el interés del menor y eliminar los efectos negativos de los procesos de divorcio.
Custodia Compartida y la Paternidad Responsable
http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009061800_5_602585__Opinion-Custodia-compartida-sentimiento-paternidad
Custodia compartida y sentimiento de paternidad
Miguel de la Guardia.
En estos días en que las Corts Valencianes estudian una Ley de Custodia Compartida que anteponga los derechos de los hijos pero sin marginar ni a madres ni a padres, creo conveniente hacer en voz alta las siguientes reflexiones sobre lo que se ha venido en llamar el instinto de maternidad y, el sentimiento de paternidad, que algunos niegan.
Cuando leí el primer capítulo de El perfume, de Patrick Süskind, tuve que acudir a la autoridad de la profesora Isabel Morant para convencerme de que lo que llamamos instinto de maternidad era un invento cultural del renacimiento y que, hasta entonces, los hijos eran considerados solo como mano de obra, siendo precisa la entronización de la clase media ciudadana con la asignación de roles femeninos al cuidado de la prole y del hogar, para que se fomentara el amor a los hijos y su cuidado.
Hoy en día se mantiene la aceptación general del vínculo madre-hijo, pero éste debe reformularse desde nuevos planteamientos debido a situaciones nuevas, como la reproducción asistida y la adopción, que alejan la relación materno filial del hecho de la fecundación e incluso del parto.En el panorama anterior se nos olvida, o incluso se niega, el sentimiento de paternidad.
En este punto es evidente que la legislación española mantiene una clara discriminación negativa de los hombres e incluso a nivel general se da esa devaluación de la relación paterna.
Por eso siempre me resultó francamente molesto el comentario machista sobre la falta de seguridad que tienen los hombres respecto de la paternidad de sus hijos.
Creo que es preciso redefinir las relaciones de filiación desde una nueva perspectiva más allá del hecho del alumbramiento y la concepción, sin negar los aspectos gratificantes de ambos acontecimientos y su importancia en el fortalecimiento de las razones físicas y síquicas para estrechar los vínculos familiares.
Sostengo que el sentimiento de paternidad surge de la práctica de la paternidad y que padre es el que se despierta por las noches ante el llanto del bebé o el terror del niño, el que se preocupa cuando están enfermos, el que sin renunciar a educar, cuida, mima y acaricia a los pequeños y trata de reconducir la energía de los adolescentes, más allá de razones filogenéticas.
La inversión diaria en cariño y cuidados es lo que da sentido a la paternidad.
Por eso, de poco sirve el hecho de compartir una porción de la fórmula cromosómica si no se ha compartido el día a día y por otro lado sería imposible negar la influencia de años de vida en común más allá del hecho de la consanguinidad.
Las consecuencias sicológicas y sociales que se derivan de las anteriores consideraciones van más allá de la práctica cotidiana y deberían influir en legisladores, jueces y magistrados a la hora de atribuir la custodia de los hijos y establecer el reconocimiento de los mismos.
En el fondo, se trata de primar los aspectos sicológicos frente a los físicos, los sentimientos y las conductas frente a hechos que pueden ser más o menos fortuitos, como la inseminación.
Universitat de València
Custodia compartida y sentimiento de paternidad
Miguel de la Guardia.
En estos días en que las Corts Valencianes estudian una Ley de Custodia Compartida que anteponga los derechos de los hijos pero sin marginar ni a madres ni a padres, creo conveniente hacer en voz alta las siguientes reflexiones sobre lo que se ha venido en llamar el instinto de maternidad y, el sentimiento de paternidad, que algunos niegan.
Cuando leí el primer capítulo de El perfume, de Patrick Süskind, tuve que acudir a la autoridad de la profesora Isabel Morant para convencerme de que lo que llamamos instinto de maternidad era un invento cultural del renacimiento y que, hasta entonces, los hijos eran considerados solo como mano de obra, siendo precisa la entronización de la clase media ciudadana con la asignación de roles femeninos al cuidado de la prole y del hogar, para que se fomentara el amor a los hijos y su cuidado.
Hoy en día se mantiene la aceptación general del vínculo madre-hijo, pero éste debe reformularse desde nuevos planteamientos debido a situaciones nuevas, como la reproducción asistida y la adopción, que alejan la relación materno filial del hecho de la fecundación e incluso del parto.En el panorama anterior se nos olvida, o incluso se niega, el sentimiento de paternidad.
En este punto es evidente que la legislación española mantiene una clara discriminación negativa de los hombres e incluso a nivel general se da esa devaluación de la relación paterna.
Por eso siempre me resultó francamente molesto el comentario machista sobre la falta de seguridad que tienen los hombres respecto de la paternidad de sus hijos.
Creo que es preciso redefinir las relaciones de filiación desde una nueva perspectiva más allá del hecho del alumbramiento y la concepción, sin negar los aspectos gratificantes de ambos acontecimientos y su importancia en el fortalecimiento de las razones físicas y síquicas para estrechar los vínculos familiares.
Sostengo que el sentimiento de paternidad surge de la práctica de la paternidad y que padre es el que se despierta por las noches ante el llanto del bebé o el terror del niño, el que se preocupa cuando están enfermos, el que sin renunciar a educar, cuida, mima y acaricia a los pequeños y trata de reconducir la energía de los adolescentes, más allá de razones filogenéticas.
La inversión diaria en cariño y cuidados es lo que da sentido a la paternidad.
Por eso, de poco sirve el hecho de compartir una porción de la fórmula cromosómica si no se ha compartido el día a día y por otro lado sería imposible negar la influencia de años de vida en común más allá del hecho de la consanguinidad.
Las consecuencias sicológicas y sociales que se derivan de las anteriores consideraciones van más allá de la práctica cotidiana y deberían influir en legisladores, jueces y magistrados a la hora de atribuir la custodia de los hijos y establecer el reconocimiento de los mismos.
En el fondo, se trata de primar los aspectos sicológicos frente a los físicos, los sentimientos y las conductas frente a hechos que pueden ser más o menos fortuitos, como la inseminación.
Universitat de València
Permiso de Paternidad de 4 semanas
http://www.publico.es/espana/233320/permiso/paternidad/mes
El permiso de paternidad será de un mes en 2011
El Congreso aprueba por unanimidad ampliar la prestación por el cuidado de hijos
En 2011, los padres tendrán un mes de permiso.
PATRICIA RAFAEL - MADRID - 18/06/2009
Todos los grupos parlamentarios votaron este jueves en la Comisión de Igualdad del Congreso a favor de ampliar el permiso de paternidad a un mes a partir de enero de 2011.
La propuesta fue presentada en su día por CiU y recibió el apoyo del PSOE el mes pasado.
La diputada de CiU Mercè Pigem había propuesto que la medida entrara en vigor antes, en 2010, pero se ha pospuesto 1 año más.
En este caso, han pesado los argumentos del PSOE, que prefería retrasar el nuevo permiso por la actual crisis económica.
En cualquier caso, la prestación se adelantará 1 año sobre lo previsto en la Ley de Igualdad.
En 2008, unos 270.000 padres disfrutaron de su prestación por paternidad de 15 días, casi un 80% del total.
Tanto CiU como PSOE defienden el plan porque supone una mayor implicación de los padres en el cuidado de los hijos.
Por su parte, la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción(PPIINA), que agrupa a un centenar de organizaciones, consideró "positiva" la ampliación aunque "insuficiente", ya que el objetivo es igualar el permiso paterno y materno para conseguir la completa corresponsabilidad.
La secretaria general de Igualdad, Isabel Martínez, presentó también este jueves un informe en el Congreso que recomienda el uso de medios telemáticos o la sustitución de los diputados que disfrutan de un permiso parental para que puedan ejercer su derecho al voto.
El permiso de paternidad será de un mes en 2011
El Congreso aprueba por unanimidad ampliar la prestación por el cuidado de hijos
En 2011, los padres tendrán un mes de permiso.
PATRICIA RAFAEL - MADRID - 18/06/2009
Todos los grupos parlamentarios votaron este jueves en la Comisión de Igualdad del Congreso a favor de ampliar el permiso de paternidad a un mes a partir de enero de 2011.
La propuesta fue presentada en su día por CiU y recibió el apoyo del PSOE el mes pasado.
La diputada de CiU Mercè Pigem había propuesto que la medida entrara en vigor antes, en 2010, pero se ha pospuesto 1 año más.
En este caso, han pesado los argumentos del PSOE, que prefería retrasar el nuevo permiso por la actual crisis económica.
En cualquier caso, la prestación se adelantará 1 año sobre lo previsto en la Ley de Igualdad.
En 2008, unos 270.000 padres disfrutaron de su prestación por paternidad de 15 días, casi un 80% del total.
Tanto CiU como PSOE defienden el plan porque supone una mayor implicación de los padres en el cuidado de los hijos.
Por su parte, la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción(PPIINA), que agrupa a un centenar de organizaciones, consideró "positiva" la ampliación aunque "insuficiente", ya que el objetivo es igualar el permiso paterno y materno para conseguir la completa corresponsabilidad.
La secretaria general de Igualdad, Isabel Martínez, presentó también este jueves un informe en el Congreso que recomienda el uso de medios telemáticos o la sustitución de los diputados que disfrutan de un permiso parental para que puedan ejercer su derecho al voto.
martes, 26 de mayo de 2009
La Custodia Compartida a Debate en Canarias
http://www.eldia.es/2004-09-26/vivir/vivir6.htm.
La custodia compartida reabre un debate sobre la igualdad de derechos.
La aplicación de la actual ley ha hecho que en la mayoría de los casos sean las mujeres las que obtengan la guardia y custodia de sus hijos, que ahora podrá ser compartida, si los padres están de acuerdo o si el juez así lo estima.
Éste es uno de los aspectos más controvertidos de este anteproyecto de ley y ante el que la experta en Derecho de Familia Soledad Adrover se opuso de forma radical.
Considera que con la nueva ley no podrá asegurar a sus clientas que no perderán a sus hijos al finalizar el proceso, por lo que, en su opinión, muchas mujeres se replantearán si seguir adelante con el divorcio.
Adrover aseguró que son las mujeres las que quieren ocuparse de sus hijos y que la mayoría de los hombres llegan incluso a rechazar la guarda y custodia de ellos cuando tienen la posibilidad de conseguirla.
Ante estos argumentos, el resto de contertulios coincidió en que éste no es un defecto de la ley, pues, según dijo el psicólogo Abimael Clavijo, este cambio supone un paso más hacia la "igualdad de derechos y obligaciones de ambos progenitores de cara a los menores y obligará a los padres a responsabilizarse más de sus hijos".
A su juicio, lo que se debe hacer es luchar contra la mentalidad de que las madres son las principales responsables de la educación de los hijos.
"El que uno de los padres conviva con ellos, no es sinónimo de que el otro los pierda", afirmó el psicólogo.
En este sentido, también se manifestó la abogada María Dolores Pelayo, quién apuntó que precisamente esta ley abre la posibilidad a que haya un acuerdo entre los padres para compartir la custodia, situación que se produce en la actualidad, pero que no se puede reflejar en los papeles al no existir todavía la posibilidad legal de compartir la custodia.
"Es necesario desterrar el concepto patrimonialista que tienen los padres con respecto a sus hijos", manifestó la abogada, que a su vez criticó que este anteproyecto de ley no contemple el concepto de alienación parental, que se produce cuando uno de los progenitores impide o niega la relación afectiva de sus hijos con el otro progenitor.
"Muchos padres han perdido a sus hijos porque la madre niega la figura paterna", apuntó la letrada, para quien esta actitud debería ser suficiente para perder la guarda y custodia.
María Dolores Pelayo apuntó también que estos excesos en el ejercicio de la guarda y custodia que se producen en la actualidad han reducido al padre a "un mero contribuyente económico".
El derecho es de los hijos
"Los niños no son propiedad del padre o de la madre -recalcó el psicólogo y mediador familiar Raimundo Moreno-; son los niños los que tienen el derecho a tener unos padres, un padre y una madre, y no los padres de poseer unos hijos".
Por ello, desde su punto de vista, los niños tienen derecho a relacionarse por igual con el padre y con la madre.
"No tiene sentido que, cuando se produce una separación, uno de los progenitores -en la mayoría de los casos el padre- se convierta en alguien que visita a los niños una vez en semana", sentenció Raimundo Moreno, quién además afirmó que la custodia compartida facilitará que la mujer pueda ocupar un puesto más importante en la sociedad pues se podrá liberar de parte de la carga que supone el cuidado de los hijos.
La custodia compartida reabre un debate sobre la igualdad de derechos.
La aplicación de la actual ley ha hecho que en la mayoría de los casos sean las mujeres las que obtengan la guardia y custodia de sus hijos, que ahora podrá ser compartida, si los padres están de acuerdo o si el juez así lo estima.
Éste es uno de los aspectos más controvertidos de este anteproyecto de ley y ante el que la experta en Derecho de Familia Soledad Adrover se opuso de forma radical.
Considera que con la nueva ley no podrá asegurar a sus clientas que no perderán a sus hijos al finalizar el proceso, por lo que, en su opinión, muchas mujeres se replantearán si seguir adelante con el divorcio.
Adrover aseguró que son las mujeres las que quieren ocuparse de sus hijos y que la mayoría de los hombres llegan incluso a rechazar la guarda y custodia de ellos cuando tienen la posibilidad de conseguirla.
Ante estos argumentos, el resto de contertulios coincidió en que éste no es un defecto de la ley, pues, según dijo el psicólogo Abimael Clavijo, este cambio supone un paso más hacia la "igualdad de derechos y obligaciones de ambos progenitores de cara a los menores y obligará a los padres a responsabilizarse más de sus hijos".
A su juicio, lo que se debe hacer es luchar contra la mentalidad de que las madres son las principales responsables de la educación de los hijos.
"El que uno de los padres conviva con ellos, no es sinónimo de que el otro los pierda", afirmó el psicólogo.
En este sentido, también se manifestó la abogada María Dolores Pelayo, quién apuntó que precisamente esta ley abre la posibilidad a que haya un acuerdo entre los padres para compartir la custodia, situación que se produce en la actualidad, pero que no se puede reflejar en los papeles al no existir todavía la posibilidad legal de compartir la custodia.
"Es necesario desterrar el concepto patrimonialista que tienen los padres con respecto a sus hijos", manifestó la abogada, que a su vez criticó que este anteproyecto de ley no contemple el concepto de alienación parental, que se produce cuando uno de los progenitores impide o niega la relación afectiva de sus hijos con el otro progenitor.
"Muchos padres han perdido a sus hijos porque la madre niega la figura paterna", apuntó la letrada, para quien esta actitud debería ser suficiente para perder la guarda y custodia.
María Dolores Pelayo apuntó también que estos excesos en el ejercicio de la guarda y custodia que se producen en la actualidad han reducido al padre a "un mero contribuyente económico".
El derecho es de los hijos
"Los niños no son propiedad del padre o de la madre -recalcó el psicólogo y mediador familiar Raimundo Moreno-; son los niños los que tienen el derecho a tener unos padres, un padre y una madre, y no los padres de poseer unos hijos".
Por ello, desde su punto de vista, los niños tienen derecho a relacionarse por igual con el padre y con la madre.
"No tiene sentido que, cuando se produce una separación, uno de los progenitores -en la mayoría de los casos el padre- se convierta en alguien que visita a los niños una vez en semana", sentenció Raimundo Moreno, quién además afirmó que la custodia compartida facilitará que la mujer pueda ocupar un puesto más importante en la sociedad pues se podrá liberar de parte de la carga que supone el cuidado de los hijos.
miércoles, 25 de marzo de 2009
Custodia Compartida en Mexico
http://foro.univision.com/univision/board/message?board.id=paternidad&message.id=401807
21/3/09
En medio de la lucha que sostienen muchas parejas divorciadas o separadas por decidir quién se queda a cargo de los hijos, con frecuencia se cae en excesos que sólo perjudican a los propios hijos.
De hecho, es importante que estas parejas recuerden que dejan de ser pareja pero siguen siendo padres, por lo que no sólo van sus derechos de por medio, sino también los de los hijos.
De acuerdo a María Elena Orta, abogada, “el 30 de julio de 2004 la Asamblea Legislativa del DF. aprobó modificaciones a los códigos Penal, Civil y de Procedimientos Civiles que entraron en vigor el 6 de diciembre del 2004, para crear la figura de custodia compartida, en donde se contemplan modificaciones respecto a la guarda, custodia y derechos de convivencia de los menores sujetos a patria potestad”.
Esta reforma y nueva figura jurídica, llamada custodia compartida, de lo que trata es de que los padres se acoplen de igual manera con los hijos.
Aplica para todos los padres separados, independientemente del estado civil en que hayan vivido.
La propuesta surge por parte de la Asociación Mexicana de Padres y Madres Separados, una asociación civil integrada por personas en situaciones de divorcio, que brinda ayuda psicológica y jurídica sin costo.
Lo que se pretende es que los padres divorciados puedan convivir libremente con sus hijos.En general, esta reforma contempla lo siguiente:
1. Que todos los niños y niñas del DF puedan convivir, de manera íntegra, sana y afectiva con ambos padres, a pesar de la separación o divorcio.
2. Tramitar los mismos derechos y obligaciones hacia ambos padres y evitar que los menores sean utilizados como un elemento de venganza de quien conserva la custodia hacia quien no la ejerce.
3. Permitir a los niños permanecer de manera plena e ilimitada con ambos padres. En caso de que algún ascendiente tuviese la custodia, el otro, después de los siete años, podrá demandarla para ambos padres.
4. Evitar que los hijos de parejas separadas, dentro y fuera del matrimonio, sean utilizados como rehenes en procesos de divorcio necesario u otro tipo de concubinato, sobre todo para negociar el monto de la pensión alimenticia.
5. Aquel padre o madre que, al contar con la tutela legítima de un hijo, le impida al otro progenitor la convivencia con el infante. Si ésta ha sido decretada por un juez se le impondrá la pena de 1 a 5 años de cárcel y una multa de 100 a 500 días de salario mínimo.
6. Sanciones hasta de cinco años de cárcel y multa de 500 días de salario mínimo al progenitor o un pariente del niño, hasta en cuarto grado, que retenga o sustraiga a un menor cuando no goce de la patria potestad.
Además se impondrá de 5 a 15 años de prisión y una multa a quien, sin tener relación de parentesco con el infante, lo retenga.
7. Reducción de la edad maternal del menor, de 12 a 7 años. Es decir, a partir de su 7º año de vida, el niño@ gozará de una custodia compartida, independientemente de que sus padres estén separados o divorciados, en donde ambos tendrán los mismos derechos y obligaciones hacia sus hijos.
Existen innumerables investigaciones realizadas, sobre todo en países como Suecia o Estados Unidos, en donde la custodia compartida demuestra sus ventajas sobre la custodia exclusiva o monoparental, ya que los niños que viven dentro de la primera modalidad gozan de:
- Lazos afectivos estables y estrechos con ambos progenitores y familias.
- Mejor y más sana relación con ambos progenitores.
- Mayor estabilidad emocional.
- Mayor autoestima y confianza en sí mismos.
- Mejores aptitudes sociales.
- Mayor capacidad de adaptación a su entorno.
- Menos posibilidades de padecer el síndrome de alienación parental.
- Mejor rendimiento escolar.
- No cambian de residencia y entorno por capricho del progenitor custodio.
- No corren riesgo de perder al progenitor no custodio por capricho del progenitor custodio.
- Menos probabilidades de ser sustraídos por alguno de sus progenitores.
- Se sienten mejor protegidos frente a la hostilidad de las segundas parejas de sus progenitores.
- Están menos expuestos a problemas en la adolescencia y adultez.
En lo que respecta a las limitantes de dicha figura legal y, de acuerdo a Orta, “el código no señala con claridad qué es la custodia compartida, sólo dice que los niños pueden permanecer de manera plena e ilimitada con ambos padres.
Sin embargo, las palabras plena e ilimitada no quieren decir 1mes en mi casa y 1 mes en la casa de tu mamá, que ya se está dando en muchos casos, y que además va en contra del desarrollo psicológico de los hijos.
Respecto a que el niño viva por determinado periodo de tiempo con su padre y luego con su madre puede ser desestabilizador, sobre todo porque también en este caso deja de ver a uno de los padres con la asiduidad deseable".
Por otra parte, es necesario contemplar algunos aspectos fundamentales para que pueda funcionar la custodia compartida:
1. Es importante una muy buena comunicación entre ambos progenitores.
2. Es imprescindible el intercambio de puntos de vista para unificar pautas de conducta hacia el menor.
3. Ofrecer una estabilidad emocional al menor.
4. Es imprescindible que exista libertad para pactar el compromiso de corresponsabilidad que adquieren ambos progenitores.
5. Cuando una ex pareja acude a la vía contenciosa en muchos casos no existe comunicación entre ambos progenitores, y si existe se encuentra totalmente deteriorada y en ningún caso son capaces de unificar pautas de conducta.
6. Procurar que los criterios educativos no sean dispares.
Ventajas desde el punto de vista de los hijos:
Ø Convivencia igualitaria con cada uno de los padres. No hay padres periféricos y los hijos sienten que no han perdido a ninguno de los dos, ya que observan los esfuerzos de sus progenitores para estar cerca de ellos.
Ø Mayor comunicación. La misma dinámica de este sistema fomenta una mejor comunicación paterno o materno filial, incluso mejor aún que los hijos provenientes de familias intactas.
Ø Menos problemas de lealtades. Se elimina o reducen los cambiantes compromisos de lealtad de los hijos hacia cada padre, lo que provoca la custodia monoparental.
Ø Buen modelo de roles parentales. Los niños aprenden a ser solidarios, a compartir, respetarse, resolver los problemas mediante acuerdos, en vez de litigios.
Desventajas desde el punto de vista de los hijos:
Ø Adaptación a dos casas. Cada casa tiene sus hábitos, reglas y horarios. Deben adaptarse muchas veces a dos formas distintas de encarar la vida, a costumbres disímiles, a normas de educación diferentes.
Independientemente de la manera en la que se desarrolle la dinámica de la separación, los hijos tienen derecho a tener un desarrollo pleno y una convivencia sana con ambos progenitores, en este sentido, la custodia compartida puede ser una buena opción.
No obstante, la controversia de dicha custodia radica en qué tanto favorece a los hijos alternar continuamente de vivienda y ritmo de vida.
Es recomendable revisar más profundamente el tema de la custodia compartida y analizar cada caso para determinar lo más prudente, así como fomentar el diálogo, las concesiones y acuerdos entre los progenitores y los hijos.
21/3/09
En medio de la lucha que sostienen muchas parejas divorciadas o separadas por decidir quién se queda a cargo de los hijos, con frecuencia se cae en excesos que sólo perjudican a los propios hijos.
De hecho, es importante que estas parejas recuerden que dejan de ser pareja pero siguen siendo padres, por lo que no sólo van sus derechos de por medio, sino también los de los hijos.
De acuerdo a María Elena Orta, abogada, “el 30 de julio de 2004 la Asamblea Legislativa del DF. aprobó modificaciones a los códigos Penal, Civil y de Procedimientos Civiles que entraron en vigor el 6 de diciembre del 2004, para crear la figura de custodia compartida, en donde se contemplan modificaciones respecto a la guarda, custodia y derechos de convivencia de los menores sujetos a patria potestad”.
Esta reforma y nueva figura jurídica, llamada custodia compartida, de lo que trata es de que los padres se acoplen de igual manera con los hijos.
Aplica para todos los padres separados, independientemente del estado civil en que hayan vivido.
La propuesta surge por parte de la Asociación Mexicana de Padres y Madres Separados, una asociación civil integrada por personas en situaciones de divorcio, que brinda ayuda psicológica y jurídica sin costo.
Lo que se pretende es que los padres divorciados puedan convivir libremente con sus hijos.En general, esta reforma contempla lo siguiente:
1. Que todos los niños y niñas del DF puedan convivir, de manera íntegra, sana y afectiva con ambos padres, a pesar de la separación o divorcio.
2. Tramitar los mismos derechos y obligaciones hacia ambos padres y evitar que los menores sean utilizados como un elemento de venganza de quien conserva la custodia hacia quien no la ejerce.
3. Permitir a los niños permanecer de manera plena e ilimitada con ambos padres. En caso de que algún ascendiente tuviese la custodia, el otro, después de los siete años, podrá demandarla para ambos padres.
4. Evitar que los hijos de parejas separadas, dentro y fuera del matrimonio, sean utilizados como rehenes en procesos de divorcio necesario u otro tipo de concubinato, sobre todo para negociar el monto de la pensión alimenticia.
5. Aquel padre o madre que, al contar con la tutela legítima de un hijo, le impida al otro progenitor la convivencia con el infante. Si ésta ha sido decretada por un juez se le impondrá la pena de 1 a 5 años de cárcel y una multa de 100 a 500 días de salario mínimo.
6. Sanciones hasta de cinco años de cárcel y multa de 500 días de salario mínimo al progenitor o un pariente del niño, hasta en cuarto grado, que retenga o sustraiga a un menor cuando no goce de la patria potestad.
Además se impondrá de 5 a 15 años de prisión y una multa a quien, sin tener relación de parentesco con el infante, lo retenga.
7. Reducción de la edad maternal del menor, de 12 a 7 años. Es decir, a partir de su 7º año de vida, el niño@ gozará de una custodia compartida, independientemente de que sus padres estén separados o divorciados, en donde ambos tendrán los mismos derechos y obligaciones hacia sus hijos.
Existen innumerables investigaciones realizadas, sobre todo en países como Suecia o Estados Unidos, en donde la custodia compartida demuestra sus ventajas sobre la custodia exclusiva o monoparental, ya que los niños que viven dentro de la primera modalidad gozan de:
- Lazos afectivos estables y estrechos con ambos progenitores y familias.
- Mejor y más sana relación con ambos progenitores.
- Mayor estabilidad emocional.
- Mayor autoestima y confianza en sí mismos.
- Mejores aptitudes sociales.
- Mayor capacidad de adaptación a su entorno.
- Menos posibilidades de padecer el síndrome de alienación parental.
- Mejor rendimiento escolar.
- No cambian de residencia y entorno por capricho del progenitor custodio.
- No corren riesgo de perder al progenitor no custodio por capricho del progenitor custodio.
- Menos probabilidades de ser sustraídos por alguno de sus progenitores.
- Se sienten mejor protegidos frente a la hostilidad de las segundas parejas de sus progenitores.
- Están menos expuestos a problemas en la adolescencia y adultez.
En lo que respecta a las limitantes de dicha figura legal y, de acuerdo a Orta, “el código no señala con claridad qué es la custodia compartida, sólo dice que los niños pueden permanecer de manera plena e ilimitada con ambos padres.
Sin embargo, las palabras plena e ilimitada no quieren decir 1mes en mi casa y 1 mes en la casa de tu mamá, que ya se está dando en muchos casos, y que además va en contra del desarrollo psicológico de los hijos.
Respecto a que el niño viva por determinado periodo de tiempo con su padre y luego con su madre puede ser desestabilizador, sobre todo porque también en este caso deja de ver a uno de los padres con la asiduidad deseable".
Por otra parte, es necesario contemplar algunos aspectos fundamentales para que pueda funcionar la custodia compartida:
1. Es importante una muy buena comunicación entre ambos progenitores.
2. Es imprescindible el intercambio de puntos de vista para unificar pautas de conducta hacia el menor.
3. Ofrecer una estabilidad emocional al menor.
4. Es imprescindible que exista libertad para pactar el compromiso de corresponsabilidad que adquieren ambos progenitores.
5. Cuando una ex pareja acude a la vía contenciosa en muchos casos no existe comunicación entre ambos progenitores, y si existe se encuentra totalmente deteriorada y en ningún caso son capaces de unificar pautas de conducta.
6. Procurar que los criterios educativos no sean dispares.
Ventajas desde el punto de vista de los hijos:
Ø Convivencia igualitaria con cada uno de los padres. No hay padres periféricos y los hijos sienten que no han perdido a ninguno de los dos, ya que observan los esfuerzos de sus progenitores para estar cerca de ellos.
Ø Mayor comunicación. La misma dinámica de este sistema fomenta una mejor comunicación paterno o materno filial, incluso mejor aún que los hijos provenientes de familias intactas.
Ø Menos problemas de lealtades. Se elimina o reducen los cambiantes compromisos de lealtad de los hijos hacia cada padre, lo que provoca la custodia monoparental.
Ø Buen modelo de roles parentales. Los niños aprenden a ser solidarios, a compartir, respetarse, resolver los problemas mediante acuerdos, en vez de litigios.
Desventajas desde el punto de vista de los hijos:
Ø Adaptación a dos casas. Cada casa tiene sus hábitos, reglas y horarios. Deben adaptarse muchas veces a dos formas distintas de encarar la vida, a costumbres disímiles, a normas de educación diferentes.
Independientemente de la manera en la que se desarrolle la dinámica de la separación, los hijos tienen derecho a tener un desarrollo pleno y una convivencia sana con ambos progenitores, en este sentido, la custodia compartida puede ser una buena opción.
No obstante, la controversia de dicha custodia radica en qué tanto favorece a los hijos alternar continuamente de vivienda y ritmo de vida.
Es recomendable revisar más profundamente el tema de la custodia compartida y analizar cada caso para determinar lo más prudente, así como fomentar el diálogo, las concesiones y acuerdos entre los progenitores y los hijos.
sábado, 7 de marzo de 2009
Se debate la Custodia Compartida en el Parlamento de Catalunya
http://www.adn.es/local/lleida/20090304/NWS-1057-Via-compartida-custodia-acuerdo-decida.html
"Vía libre" a que custodia compartida hijos se decida sin acuerdo de padres.
EFE.Barcelona 04/03/2009
El Parlament ha dado hoy "vía libre" a la tramitación de la Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, que comporta cambios sustanciales en el derecho de familia como que la custodia compartida de los hijos después de una separación pueda ser establecida por defecto aunque no haya acuerdo.
La cámara catalana ha desestimado las enmiendas a la totalidad presentadas por CiU y Ciutadans, lo que posibilita que la ley pueda ser debatida y modificada parcialmente a partir de ahora en comisión parlamentaria.
Entre los aspectos novedosos de la ley, que ha sido muy criticada por la oposición al considerarla "demasiado intervencionista" en la vida privada de las personas, figura la obligación de los padres de hijos adoptados a hacerles saber que lo son como máximo a los doce años de edad.
La nueva ley obligará a las parejas con hijos que se separen o divorcien a presentar un plan de "parentalidad" en el que figuren las propuestas de cada progenitor sobre la custodia de los hijos y su participación en su crianza y educación.
En el texto, se ha optado por cambiar la denominación de "custodia compartida" y se prevé que, aunque haya desacuerdo entre los padres, los jueces atribuyan de forma preferente "la responsabilidad parental con carácter compartido", lo que no necesariamente implica un reparto de la convivencia al 50%.
La responsabilidad de los hijos será compartida excepto en los casos en que la individual sea la más adecuada, señala el articulado, que contempla también que la custodia se decida teniendo en cuenta el tiempo que los progenitores habían dedicado a sus hijos antes de la ruptura.
Hasta ahora, el juez sólo establecía la custodia compartida cuando ambos progenitores estaban de acuerdo en solicitarla, por lo que nueva ley supone un importante cambio, ha recalcado la consellera de Justicia, Montserrat Tura.
Así, por primera vez se rompe con la tendencia que automáticamente atribuía la vivienda familiar al cónyuge que asumía la custodia de los hijos y se admiten excepciones a esa dinámica si el beneficiario tiene medios económicos suficientes.
Además, se incorpora el concepto de "progenitores" en detrimento del de "padres" y se asume la existencia de distintas formas de convivencia, lo que incluye las parejas de homosexuales, las familias monoparentales y también las reconstituidas.
La nueva ley promueve los acuerdos de divorcio amistosos, en los que sean los propios cónyuges los que se organicen para el cuidado de sus hijos, tanto en las separaciones pactadas como en las que lleguen a los tribunales.
Respecto a los casos de personas incapacitadas, se contemplan "figuras intermedias" antes de la incapacidad total y la posibilidad de que los enfermos mentales puedan recobrar su capacidad de decidir una vez se les considere recuperados.
La diputada de CiU Núria de Gispert ha advertido de que la ley "modifica de forma excesiva aspectos legales que afectan a la libertad individual de las personas" en lugar de limitarse a regular sólo las situaciones de discrepancia, lo que da pie a "una gran injerencia en la vida privada" y a que "se lleve la ley al comedor de la casa de cada uno, rozando el ridículo".
Esta misma diputada de CiU ha lamentado, asimismo, que "se esté asimilando el derecho civil español en lugar de preservar el propio de Cataluña", y ha criticado que "de nuevo se intervenga para regular cuestiones que afectan a las parejas de hecho, cuando éstas ya nos han dicho en muchas ocasiones que no quieren papeles y que si los quisieran, ya recurrirían al matrimonio".
El grupo del PPC ha secundado las enmiendas a la totalidad de CiU y de Ciutadans, y por parte de este último partido José Domingo ha reprochado que una ley con tanta trascendencia para la vida privada de los ciudadanos "se haya tramitado por la vía de urgencia".
"Vía libre" a que custodia compartida hijos se decida sin acuerdo de padres.
EFE.Barcelona 04/03/2009
El Parlament ha dado hoy "vía libre" a la tramitación de la Ley del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, que comporta cambios sustanciales en el derecho de familia como que la custodia compartida de los hijos después de una separación pueda ser establecida por defecto aunque no haya acuerdo.
La cámara catalana ha desestimado las enmiendas a la totalidad presentadas por CiU y Ciutadans, lo que posibilita que la ley pueda ser debatida y modificada parcialmente a partir de ahora en comisión parlamentaria.
Entre los aspectos novedosos de la ley, que ha sido muy criticada por la oposición al considerarla "demasiado intervencionista" en la vida privada de las personas, figura la obligación de los padres de hijos adoptados a hacerles saber que lo son como máximo a los doce años de edad.
La nueva ley obligará a las parejas con hijos que se separen o divorcien a presentar un plan de "parentalidad" en el que figuren las propuestas de cada progenitor sobre la custodia de los hijos y su participación en su crianza y educación.
En el texto, se ha optado por cambiar la denominación de "custodia compartida" y se prevé que, aunque haya desacuerdo entre los padres, los jueces atribuyan de forma preferente "la responsabilidad parental con carácter compartido", lo que no necesariamente implica un reparto de la convivencia al 50%.
La responsabilidad de los hijos será compartida excepto en los casos en que la individual sea la más adecuada, señala el articulado, que contempla también que la custodia se decida teniendo en cuenta el tiempo que los progenitores habían dedicado a sus hijos antes de la ruptura.
Hasta ahora, el juez sólo establecía la custodia compartida cuando ambos progenitores estaban de acuerdo en solicitarla, por lo que nueva ley supone un importante cambio, ha recalcado la consellera de Justicia, Montserrat Tura.
Así, por primera vez se rompe con la tendencia que automáticamente atribuía la vivienda familiar al cónyuge que asumía la custodia de los hijos y se admiten excepciones a esa dinámica si el beneficiario tiene medios económicos suficientes.
Además, se incorpora el concepto de "progenitores" en detrimento del de "padres" y se asume la existencia de distintas formas de convivencia, lo que incluye las parejas de homosexuales, las familias monoparentales y también las reconstituidas.
La nueva ley promueve los acuerdos de divorcio amistosos, en los que sean los propios cónyuges los que se organicen para el cuidado de sus hijos, tanto en las separaciones pactadas como en las que lleguen a los tribunales.
Respecto a los casos de personas incapacitadas, se contemplan "figuras intermedias" antes de la incapacidad total y la posibilidad de que los enfermos mentales puedan recobrar su capacidad de decidir una vez se les considere recuperados.
La diputada de CiU Núria de Gispert ha advertido de que la ley "modifica de forma excesiva aspectos legales que afectan a la libertad individual de las personas" en lugar de limitarse a regular sólo las situaciones de discrepancia, lo que da pie a "una gran injerencia en la vida privada" y a que "se lleve la ley al comedor de la casa de cada uno, rozando el ridículo".
Esta misma diputada de CiU ha lamentado, asimismo, que "se esté asimilando el derecho civil español en lugar de preservar el propio de Cataluña", y ha criticado que "de nuevo se intervenga para regular cuestiones que afectan a las parejas de hecho, cuando éstas ya nos han dicho en muchas ocasiones que no quieren papeles y que si los quisieran, ya recurrirían al matrimonio".
El grupo del PPC ha secundado las enmiendas a la totalidad de CiU y de Ciutadans, y por parte de este último partido José Domingo ha reprochado que una ley con tanta trascendencia para la vida privada de los ciudadanos "se haya tramitado por la vía de urgencia".
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