viernes, 31 de julio de 2009

Vacaciones con papá

http://www.hoymujer.com/ser-madre/problemas-resueltos/Vacaciones,papa,90445,23,2009.html

Vacaciones con papá

Isabel MenéndezREUTERS
Con la llegada del verano, las parejas separadas con hijos planifican sus vacaciones.
Por lo general, durante una gran parte de este periodo, los niños se van con el padre, pues, incluso en los casos de custodia compartida, es la madre la que se hace cargo de ellos durante el invierno.

Con el divorcio los hijos no se pierden, el vínculo sigue vigente, aunque cambien las condiciones. Algunos padres tiran la toalla ante las dificultades y no defienden su lugar, mientras otros no quieren renunciar a ese contacto esencial.
Los han acunado de pequeños, los han cuidado y no están dispuestos a perderlos.
Estos progenitores sabrán ocupar su lugar y, por tanto, también poner las palabras adecuadas que hablan del amor que tienen por sus hijos.
Pero, en algunas ocasiones, el padre tiene una nueva pareja y el hijo puede provocar algún conflicto para asegurarse el amor paterno.

Una entrega total.
Lucía está contenta este año porque a su hijo, Raúl, le apetece irse de vacaciones con su padre.
El año pasado hubo algún problema: protestaba y ponía excusas, pero Pedro, con el que pasa los fines de semana y gran parte de las vacaciones, supo solucionarlo.
Raúl tiene 9 años y el verano anterior se unieron a ellos, para pasar las vacaciones, Pilar, la nueva pareja de su padre, y sus 2 hijos.

Raúl era muy desordenado en casa de su madre y cuando iba los fines de semana a casa de su padre se comportaba igual hasta que su padre comenzó a vivir con su nueva pareja.
A partir de entonces, Pilar comenzó a llamarle la atención con delicadeza, como lo hacía con sus propios hijos.

Raúl se enfadaba mucho.
Inconscientemente, trataba de mantener el mismo espíritu de su casa materna y además trataba de molestar y sembrar el desorden, pues esto suponía para Raúl una forma de serle fiel a su madre.
Además, portándose así se diferenciaba de los hijos de la pareja de Pedro.

Una acertada intervención paterna despejó los temores del corazón de Raúl.
Después de reflexionar sobre lo que le pasaba a su hijo, habló con él a solas y le dijo:
“Pilar no es tu madre y no tiene intención ninguna de ocupar ese lugar. Pero en lo que respecta a las normas de esta casa, puede decirte lo que piensa. Si no estas de acuerdo, vienes y lo hablas conmigo. Ni ella ni sus hijos van a robarte tu sitio, yo te quiero pase lo que pase”.
Esta conversación promovió que el final del verano fuera relajado y los enfados de Raúl desaparecieran.

El amor de los padres.
Es conveniente explicitar el amor por parte del padre.
Cuando lo esencial esté dicho, el niño sabrá a qué atenerse y se encontrará bien. Si por el contrario quedan muchas cosas en el aire, se acumularán las incomprensiones.
Por eso, los derechos y deberes de cada uno deben ser precisados con regularidad.
La intervención de Pedro fue muy importante para su hijo desde el punto de vista afectivo, pues le señaló el amor que le tenía.

Esta forma de actuar provenía de un trabajo psicológico previo que llevó a cabo al poco de separarse.
Al principio, se sentía solo, abandonado y con la impresión de haberlo perdido todo.
Aquel estado depresivo lo condujo a una psicoterapia donde pudo observar cómo había repetido con Lucía la dependencia excesiva que tenía de su madre y que había provocado tantas discusiones entre ellos.

Cuando pudo elaborar esa dependencia, cambió la relación con su hijo porque comenzó a ejercer como padre.
Pensaba que, en alguna medida, sólo después de separarse pudo hacerse cargo de su hijo como un verdadero padre, pues antes delegaba todo en Lucía.
Ahora, podía valorar a la mujer que había elegido, pero sin abandonar su función paterna. Había conquistado ese lugar y por tanto su hijo se sentía feliz.
Si todo va bien para los niños de parejas separadas, las vacaciones con papá son una fiesta con final feliz, si bien al principio de la separación pueden tener algún conflicto de intereses.

A los niños, y siempre que se tenga en cuenta su opinión, no les crea problemas repartir sus vacaciones. Es más, tienen más espacios propios, lo que puede ser liberador.
Lo que sí les provoca conflictos es que sus padres discutan y no se puedan poner de acuerdo entre ellos sobre este punto.

¿Qué podemos hacer?
Los encuentros con el padre son importantes y conviene que se vean favorecidos por parte de la madre.
El padre, por su lado, debe hacerse cargo del hijo y pasar el mayor tiempo que pueda con él. Aunque en época de vacaciones todo es más relajado, algunos límites siempre son necesarios.

Conviene que la madre respalde lo que hace el padre en vacaciones.
Lo que mide que todo vaya bien es el hecho de que el niño lo pase bien con él y tenga la vivencia de que su padre también quiere estar con él de vez en cuando. Esto es lo único importante.

Las intervenciones del padre, cuando son amorosas y educativas, colocan al niño en un lugar seguro y le dan confi anza en sí mismo.
Si a lo largo del año ve poco al padre, las vacaciones con él pueden convertirse en un tiempo para alimentar una relación que es básica en el mundo emocional.
Si el niño quiere, es mejor que esté el mayor tiempo posible.
Luego, a lo largo del año, lo recordará y le servirá para sentirse mejor.

EVITAR ERRORES.
Si el niño, tras la separación de los padres, se pone testarudo y desobediente en casa de su padre, puede que esté probando el amor que le tiene y que quiera saber cuál es su lugar en la nueva situación.
Aunque parezca paradójico, el pequeño puede hacer todo lo posible para que lo rechacen.
Cuando el padre ha formado otra familia, está poniendo a todos a prueba.

En lugar de pelearse con él, conviene armarse de paciencia y mostrarle al niño que, pase lo que pase, en ningún momento será rechazado.
Repartir las vacaciones implica tener más opciones y pueden vivirlo bien.

jueves, 30 de julio de 2009

Ley de protección a hijos en Brasil:

http://www.montevideo.com.uy/notnoticias_87471_1.html
Ley de protección a hijos en Brasil.

Tuyos y míos16.07.2009 .
En Brasil, aquellos padres o madres que "deconstruyan la imagen uno del otro ante el hijo", podrían ser castigados con la pérdida de custodia del niño, e incluso con la suspensión de la patria potestad. Así lo prevé un proyecto de ley aprobado por los diputados del país vecino.

La medida punitiva se encuentra en proyecto, pero dio un gran paso hacia su concreción tras ser aprobada este miércoles en comisión por la Camara de Diputados en Brasilia.
La situación es denominada como "alienación parental", y ocurre generalmente en casos de divorcios conflictivos.

"Además de apartar al niño de parte de su familia, la alienación produce depresión. Dificultades de aprendizaje y sentimiento de rechazo, pudiendo llevar a la víctima hasta el suicidio" opinó Sandra Baccara, especialista en el tema en una crónica publicada por el diario paulista Folha.
La iniciativa legal fue encabezada por Elizio Luiz Pérez, magistrado en asuntos laborales, quien asegura que la alienación parental es mucho más que la consecuencia de la falta de acuerdo entre los padres separados. "Es abuso emocional", opinó el juez.

El reporte incluye el testimonio de Daniela López Méndez, licenciada en Derecho de 37 años.
En sus declaraciones, la abogada explica que descubrió el nombre de su padre a los 6 años, cuando pudo verlo por primera vez, encuentro que sólo pudo repetir a los 18.
López relató que durante todo ese tiempo escuchando historias terribles de boca de su madre, acerca de cómo su padre había abandonado a la familia, asegurando incluso haber sido golpeada por el hombre, extremos que resultaron no ser verídicos.
"Crecí en la creencia de que mi padre me había rechazado. Es algo que afecta tu autoestima, porque piensas que tú no sirves y que él no te quiere", confesó la legista, quien agregó que su madre repitió la conducta lesiva con los hijos de su segundo matrimonio, tras divorciarse de él.
En la actualidad, Daniela no mantiene contacto con su madre, y sí con el padre.

El informe señala que el alienador suele ser aquel de los padres que posee la custodia de los hijos, y la conducta suele nacer cuando su antigua pareja rehace su vida con otra pareja.
La custodia compartida contribuye a evitar esta situación.

Auementan las Custodias Compartidas en Navarra

La Custodia Compartida de afianza en Navarra
http://www.diariodenavarra.es/20090715/navarra/las-custodias-compartidas-aumentan-navarra-30-ciento-desde-2005.html?not=2009071502385999&idnot=2009071502385999&dia=20090715&seccion=navarra&seccion2=sociedad&chnl=10&ph=3DIVORCIO

SEPARACIÓN E HIJOS.
La custodia compartida de los hijos se afianza con tres convenios por semana.
El Juzgado de Familia de Pamplona tramita cerca de cien en un año.
Reconocida en la Ley desde 2005, la custodia compartida se otorgada a petición de al menos uno de los progenitores.
Los hombres son los que más solicitan esta medida de reparto de tiempo con los hijos frente a la custodia exclusiva

ÍÑIGO SALVOCH.PAMPLONA Miércoles, 15 de julio de 2009
El Juzgado de Familia de Pamplona está tramitando entre 2 y 3 convenios semanales de custodia compartida de los hijos en procesos de separación, lo que hace una cifra que rondará el centenar en un año.
Custodia compartida

El dato refleja una nueva tendencia social que busca un reparto más igualitario de los tiempos que los padres pasan con los hijos tras una ruptura, frente al sistema tradicional de custodia exclusiva por el que se relega a uno de los progenitores, habitualmente el padre, a encontrarse con los hijos dos fines de semana al mes y la mitad del período vacacional.

Desde la reforma del Código Civil que introdujo en 2005 el término custodia compartida -incorporado de la legislación europea- este tipo de custodias se han incrementado un 30% según fuentes del sector.
Antes, los jueces ya aplicaban medidas de reparto de tiempo más igualitarias para evitar la monoparentalidad tras los divorcios.

Durante el pasado año hubo 761 divorcios y separaciones por vía judicial.
Para la Juez de Familia de Pamplona Margarita Pérez Salazar, la reforma de 2005 "ha servido para que haya más custodias compartidas y que se plantee la superación del sistema de fines de semanas alternos", y es rotunda al asegurar que el hecho de que el divorcio suponga que los hijos pasen a ver al progenitor no custodio cuatro días al mes y la mitad de sus vacaciones, "no es muy normal".

Los hombres lo piden mucho.
Margarita Pérez-Salazar corrobora el aumento que se ha producido durante los últimos 3 años en el Juzgado de Familia de Pamplona de los casos en los que los padres se divorcian o separan con un acuerdo de custodia compartida de los hijos menores.
"Cada vez lo piden más, sobre todo los hombres, porque normalmente son los que no tienen la custodia y algunos incluso hacen la añadidura de que la custodia sea compartida al 50%".

Cada semana se producen 2 o 3 convenios de regulación de custodia compartida de mutuo acuerdo en Pamplona, pero no siempre es necesario el acuerdo para que un juez dicte una custodia compartida.
En las separaciones contenciosas basta que una de las partes lo solicite para que pueda ser tenida en cuenta.Pero lo cierto es que no son muy frecuentes las custodias compartidas cuando la separación se dirime sin acuerdo entre los padres.
En estos casos, la mayoría de las sentencias españolas que deniegan una custodia compartida lo justifican en la existencia "de más conflicto del deseable entre las partes".

En este punto, el abogado matrimonialista pamplonés Jorge Batalla discrepa con esta apreciación de las sentencias "por cuanto basta que uno de los progenitores no quiera una custodia compartida de los hijos para que exista el conflicto".
Para él, todavía se habla mucho de custodia compartida "pero lo que realmente hace falta es un compromiso de todos para que se avance en este sistema".

La juez Margarita Pérez Salazar reconoce que la legislación existente es "desconfiada" cuando habla de que si no hay mutuo acuerdo la custodia compartida deber ser "excepcional" y eso, pienso, "no debería ser así".
Además, añade, que para que se dé la custodia compartida la Ley marca que al menos uno de los padres la pida, "cosa que no ocurre con la custodia exclusiva, que el juez la puede conceder sin que la haya solicitado ninguno de los progenitores".
La Comunidad Valenciana es la 1ª que se plantea una reforma legal por la que la custodia compartida pueda ser concedida "por defecto".

¿Qué es mejor para el menor?
Una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona razona 3 ventajas de este sistema frente al tradicional de custodia exclusiva.Así, asegura que con la custodia compartida:
1.- se garantiza a los hijos "la posibilidad de disfrutar de la presencia de ambos progenitores",
2.- también "se evitan determinados sentimientos negativos en el menor, entre otros el miedo al abandono" y
3.- se fomenta una actitud más abierta de los hijos hacia la separación de los padres.

La reforma legal de 2005 tiene un vacío por cuanto no regula qué ocurre con las pensiones y la vivienda en la custodia compartida.
De esta forma, entre padres y jueces intentan establecer lo mejor para cada caso.
Una de las medidas más frecuentes es crear una cuenta común para los hijos en la que los 2 padres hacen un ingreso y se abonan los gastos fijos domiciliados del hijo (colegios, etc.).
Luego, cada uno abona los gastos ordinarios cuando estén con él.

Sin embargo, ya existe el precedente de alguna sentencia española por problemas con el uso de esa cuenta.
Por ello, Margarita Pérez Salazar añade que las sentencias de los jueces "deben dejar claros los sistemas de pago, porque si no vamos a tener un nuevo problema en su ejecución".
Son detalles que se deben ir limando aunque lo que cuenta, aplaude la juez, "es que los sistemas de estancia muy corta se están superando".

Comentarios de los lectores:
Mis hijos viven a 1 hora.mi ex y el sistema los apartaron de mi, aunque he cumplido visitas y todo eso mi hija casi no quiere venir a verme he estado tan poco con ella que no me echa de menos.Temo que me pase lo mismo con mi hijo.
Me veo asaltado y desilusionado.
jose

Ya es hora de que en Navarra haya una una legislación que conceda, de partida, la custodia compartida cuando el padre lo solicite.
Como padre divorciado que soy de un niño de 4 años suplico a politicos y legisladores que se de prioridad a esta fórmula.
Quiero ejercer mi derecho a se padre y no ha ser "padre visitas" y que ella tenga la guarda y custodia exclusivamente. Pido igualdad y no ser discriminado.
La paternidad conlleva una serie de responsavilidades y obligaciones que se ejercerían mejor en ese status. "Quiero ejercer de padre y estar con mi hijo".
"Quiero vivir mas vida con mi hijo". ¡ Custodia compartida,ya!.
Carlos

Yo también opino que se debería legislar como el sistema preferente, ya que he conocido varios casos de separaciones y a pesar de que soy mujer tengo que reconocer que muchas veces también nosotras intentamos monopolizar el tema, y eso no es bueno para nadie sobre todo para los menores que en realidad son los que sufren las separaciones.
Mujer y Persona
Dado que Navarra tiene código civil propio y visto los importantes beneficios de la medida, y la opinión favorable de una gran mayoría de ciudadanos, sería estupendo que aquí sigamos los ejemplos de Cataluña y Valencia y se legisle para que sea el sistema preferente.
Así se podría recuperar una gran oportunidad perdida, ya que en la tramitación de la ley del divorcio de 2005 hubo importantes injerencias de sectores "feministas de pacotilla" para desvirtuar el interés superior del menor y seguir manteniendo el poder de decisión sobre los hijos.
Ablingoro

La Asociacion AHIGE favor de la Custodia Compartida

Adelantamiento…por la izquierda
Julio 20, 2009
Por una vía igualitaria hacia la custodia compartida

jjoaquinpi @
Una asociación favorable a la igualdad entre mujeres y hombres, AHIGE (Asociación de Hombres por la Igualdad de Género) presentó, hace ya algunos días, un manifiesto en favor de la custodia compartida.
Ya que coincido plenamente en todo lo aportado en este documento, destacaré algunos de sus aspectos que, para mí, resultan más relevantes de acuerdo, también, a mi criterio.

AHIGE se hace eco de una problemática creciente en los tiempos que corren.
Aquella que plantea quién y cómo ha de asumir la custodia de las hijas e hijos tras la ruptura de la pareja.
Es de todo punto incoherente que se pretenda fomentar el cambio en positivo en los hombres para vivir en plena igualdad con las mujeres animando a asumir una paternidad cercana, directa y responsable cuando en la inmensa mayoría de los casos se otorga ”por defecto” la custodia a la madre.

Pero, cuidado: no se trata de culpabilizar a la mujer y de instalar a los hombres en un victimismo que denuncia un supuesto lobby hembrista o, directamente, un matriarcado que los oprime en la actualidad.
La perspectiva habría de ser la contraria: son precisamente los topicazos y la asignación de roles las que han atribuído a la mujer la crianza y la carga que supone la misma mientras que, a los hombres, una sociedad milenariamente patriarcal los/nos ha reducido al papel de meros proveedores.

Lo que en origen podía ser una ventaja o prerrogativa de un modelo de sociabilidad y de distribución del poder que beneficiaba al hombre es contemplado en nuestros días por muchos hombres como una injusticia que les genera un vacío y una carencia afectiva importante.

Pero no nos engañemos, la evolución de este modo de sentir debe recordarnos que son los prejuicios machistas los que nos han traído a esta situación y no un malvado matriarcado impuesto de la noche a la mañana.

Otro aspecto mencionado en el documento y en el que hago hincapié aquí, respondería a la siguiente pregunta: ¿qué tipo de custodia compartida?
Porque, es evidente, que aquí como en tantas otras cosas, no puede imperar el ”todo vale”.

¿Custodia compartida siempre? Yo digo: “no”. No en casos de violencia de género. Y me centro sólamente en este aspecto porque es el que más de un padre y de una asociación pretende -o, al menos, lo parece- pasar por alto.
Casos de violencia de género probados, documentados y sentenciados deberían llevar aparejada la pérdida inmediata de la custodia y de la patria potestad.
No hay más vueltas que dar, en mi opinión.
Incluso, aunque las hijas e hijos no sean víctimas de ninguna agresión, el mero hecho de que tengan conocimiento directo o indirecto de las mismas supone ya la asunción de un modelo de relacionarse que incidirá directamente en ellas o ellos en el futuro.

En resumidas cuentas, se trata de la defensa de la custodia compartida aplicando un mínimo de lógica y desde la perspectiva de género.
Os dejo aquí el enlace al documento con portada:
http://www.ahige.org/AHIGEviaigualitariaCC.pdf

Otros Medios:
http://www.colpisa.com/motor/motor.php?seccion=48&id_noticia=267339&fecha_tema=

http://www.elcomerciodigital.com/gijon/20090718/sociedad/asociacion-hombres-igualitarios-quiere-20090718.html

http://aupv.net/spip.php?article936

http://pimpedrera.blogspot.com/2009/07/por-una-via-igualitaria-hacia-la.html

Luis Zarraluqui Eznarriaga, predidente de Zarraluqui abogados

http://www.diariojuridico.com/entrevistas/entrevista-con-luis-zarraluqui-presidente-zarraluqui-abogados.html
Entrevista con Luis Zarraluqui, presidente Zarraluqui abogados
“Falta voluntad política para impulsar una Jurisdicción específica de familia.”


30/07/09 , Redacción
Más de 80 años contemplan la actividad de la familia Zarraluqui, convertida en referencia indudable dentro del Derecho de Familia.
Pocos pensaban que aquel despacho creado por Luis Zarraluqui Villalba en 1926 iba a ser el germen de una firma consolidada a lo largo de los años.

Este despacho que apostó por la especialización en una rama concreta del Derecho se vertebra en diferentes oficinas situadas en Málaga, Mallorca, Sevilla, Valencia, Alicante, Bilbao y Córdoba. Esta entrevista se desarrolla con Luis Zarraluqui Sánchez-Eznarriaga, hijo del precursor de esta saga familiar y espejo de sus hijos Elena y Luis pilares claves del desarrollo del bufete.
Bajo su punto de vista “Es paradigmático, que los distintos proyectos que para ello han pasado por las Cortes, han obtenido siempre el apoyo de la oposición y la negativa del Gobierno, fuera éste el que fuera. Al cambiar la composición de la Cámara, se alteraba al mismo tiempo la opinión de los correspondientes grupos parlamentarios. La falta de voluntad política de mejorar el sistema es flagrante.

Nuestro interlocutor es Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid, 1.956; Master of Laws por la Universidad de Harvard, 1.957. y abogado en ejercicio desde 1.956.
Por su brillante trayectoria profesional está en posesión de la Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía; otorgada por el Consejo General de la Abogacía Española; de la Insignia de oro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Y de la Cruz Distinguida de 1ª clase de San Raimundo de Peñafort.

Como difusor del Derecho de Familia ha formado parte de las principales instituciones relacionadas con esta práctica jurídica.
Fue Presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia desde su inicio hasta el año 2007 y fundador de la misma en el mes de enero de 1.993.
Ha sido también Consejero General de la Abogacía Española (1990-1995) y Secretario de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (1.989-1.991), asi como -Presidente del Capítulo Europeo de la International Academy of Matrimonial Lawyers y Vicepresidente de la Comisión de Derecho de Familia de la International Bar Association.

Es Académico Correspondiente de la Real Academia Española de Jurisprudencia y Legislación y Académico Correspondiente de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de Valladolid.
Su actividad docente es prolija destacando su labores en la Escuela Judicial y en las Universidades de “Comillas (ICADE), Carlos III, Antonio Nebrija, Central de Barcelona, de Valencia y del País Vasco, Universidad de Santiago de Compostela.

Es Ponente en Congresos nacionales e internacionales sobre Derecho de Familia y conferenciante habitual en dicha materia en Seminarios, Encuentros, Jornadas y otros foros.

Respecto a su actividad editorial desde hace casi 30 años tiene una extensa producción bibliográfica relacionados con el derecho de familia.
Se pueden destacar entre otras publicaciones:
-”El divorcio, defensa del matrimonio”; Editorial Bruguera, Barcelona, marzo 1.980.
-”Ante la separación y el divorcio, ¿qué puedo hacer?”; Editorial Temas de Hoy, Madrid, mayo 1.987.
-”Batallas conyugales”; Editorial Temas de Hoy, Madrid, junio 1.988.
-“La Pensión compensatoria de la separación y el divorcio”. Editorial Lex Nova. Valladolid 2001.
-“Con la venia y sin ella”. Editorial Esfera de los libros. Madrid 2001.
-“Derecho de familia y de la persona” (7 tomos). Edit. Bosch. Barcelona 2007.

¿Podria explicarnos cuáles son los objetivos de los Cursos de Verano que pone en marcha su despacho sobre Derecho de familia?
Una preocupación constante de nuestro despacho y mía personalmente desde hace muchos años, es mejorar la formación de los abogados dedicados a esta especialidad.
Resulta evidente que en toda negociación o en toda confrontación, todas las partes implicadas salen ganando cuando intervienen profesionales experimentados y bien formados.
Pero, al propio tiempo, somos conscientes de la dificultad que para muchos tiene el hacer un hueco en sus actividades para mejorar su formación, De ahí que hayamos pensado a dar oportunidad para hacerlo en las vacaciones de verano.

¿Cuál es la receptividad del joven abogado al derecho de familia, hay algún perfil definido del profesional que se inicia en esta rama del derecho?
Yo creo que hay muchos abogados a los que seduce el ejercicio de la profesión en una especialidad cuyo componente humano destaca sobre todos, sin que ello reduzca la necesidad de una amplísima formación ya que la totalidad práctica de las ramas del Derecho están presentes en estos conflictos.

¿Qué servicios ofrece entidades como AEAFA a los letrados que se introducen en el derecho de familia?
La Asociación Española de Abogados de Familia, que yo fundé, pretende objetivos muy variados. De una parte, mejorar la formación de los Letrados a la par que les proporciona información amplia, ágil y rápida sobre las evoluciones legislativas y jurisprudenciales, no siempre fáciles de alcanzar.
De otra, hacer oir la voz de los abogados frente a los poderes del Estado.

En este sentido, hemos propiciado reuniones periódicas con los Jueces y Magistrados de Familia, con resultado positivo.
También, se pretende unir a los compañeros cuyo ejercicio profesional debe tender en la medida de lo posible en alcanzar acuerdos y convenios.
Está demostrado que la confianza entre los abogados incrementa la bondad del diálogo y la posibilidad de entendimiento.

¿Cómo influye en la actividad del abogado especializado en familia la ruptura con el modelo tradicional de familia? ¿Qué nuevos servicios surgen?
Nosotros creemos mucho en la bondad de las actuaciones preventivas tanto para buscar soluciones antes de que surjan o se agraven los conflictos, como para disminuir las consecuencias de éstos.
De ahí que aconsejemos que los matrimonios convengan su régimen económico, otorgando capitulaciones, que les permite regirse en cada momento por las reglas que mejor se acomoden a sus circunstancias; que las parejas de hecho regulen expresamente su convivencia; que todos realicen pactos prenupciales, previendo en lo posible las consecuencias de que haya problemas en el futuro; que se otorgue testamento y se mantenga vigente, modificándolo cuando cambien las circunstancia; y, en general, que las personas obtengan del abogado de Familia el debido asesoramiento previo a la toma de decisiones.

Desde diferentes instancias se clama por desarrollar una Jurisdicción específica de familia, ¿por qué no se ha puesto en marcha hasta ahora? ¿Tenemos la legislación adecuada en el llamado Derecho de Familia?
La legislación en el orden familiar adolece de gravísimos defectos que en gran medida crea, en vez de solucionar problemas de toda índole.
Cuando se promulgan leyes, sólo se tiene en cuenta su valor electoral, sin oír a quienes por estar en contacto con las familias en crisis, sabemos cuales son las cuestiones más graves.
A título de ejemplo, habría que citar la normativa en relación con el domicilio familiar, que es obsoleta y perniciosa.
Dentro de esta actitud del legislativo de espalda a la realidad se encuentra la reiterada negativa a la creación de un orden o suborden jurisdiccional de Familia, donde todos los ciudadanos y no sólo unos pocos, tengan acceso a órganos especializados con los oportunos medios personales y materiales y la debida preparación, formación y vocación.

Es paradigmático, que los distintos proyectos que para ello han pasado por las Cortes, han obtenido siempre el apoyo de la oposición y la negativa del Gobierno, fuera éste el que fuera.
Al cambiar la composición de la Cámara, se alteraba al mismo tiempo la opinión de los correspondientes grupos parlamentarios.
La falta de voluntad política de mejorar el sistema es flagrante.

Una pareja se rompe cada 4 minutos, según últimos datos ¿Cómo cree que se las partes deben gestionar una ruptura?
En primer lugar y como ya he dicho, es fundamental que los interesados se pongan en manos de profesionales especializados y que procuren seguir sus consejos en busca de un pacto.
Para ello, es obvio que todos tienen que ceder algo de lo que creen que es su derecho.
El objetivo debe ser intentar encontrar una fórmula “razonable”, no óptima, porque ésta difícilmente se puede alcanzar.
Hay que dejar a un lado afanes vindicativos y afrontar los problemas con realismo.

¿Cómo valora el desarrollo de métodos de mediación preventivos que ayuden a las parejas a superar sus problemas antes de que sea tarde? ¿Es bueno que un abogado se convierta en mediador?
La mediación se ha convertido en la panacea universal.
Se utiliza el término como sinónimo de arreglo o de solución concordada, pero hay que poner las cosas en su justo medio.
Ni siquiera existe conformidad entre los expertos sobre qué es mediación, porque bajo ese gran cobertura se concentran figuras muy variadas.
La mediación, en cuanto intervención de terceros ajenos al conflicto, para llevar a las partes a encontrar un ounto intermedio en el que resolver sus rencillas, es tan antigua como el tiempo y hay que tener bien claro, que los abogados hemos sido siempre y en todo lugar, los grandes protagonistas de la mediación en el Derecho Privado.

Pero lo que hay que subrayar, porque a veces se olvida por sus defensores, es que la mediación ha de ser por su propia naturaleza, voluntaria. No se puede imponer.
Hablar de mediación obligatoria es un contrasentido.
La mediación es posible cuando las partes quieren pactar el fín de su enfrentamiento, pero tienen dificultades en el cómo. Y hay es donde la misión del mediador, sea éste un pariente o un amigo, sean los abogados o sean otros con técnicas específicas, es bienvenida.

¿Cómo se posiciona su firma en la llamada Custodia Compartida? ¿Por qué no esta creciendo como en otros países, esta iniciativa?
La custodia alternativa,
pues este nombre corresponde mejor con su realidad, es un gran avance en la busca permanente de formas de hacer en las rupturas, que ocasione el menor daño y que causa el mayor beneficio para los menores y para los padres, que piensan fundamentalmente en ellos.
Nosotros defendemos la posibilidad de esta forma de vida de los niños, cuando sus padres no viven juntos.
Pero eso sí, hay que ser realistas. Como todo en el Derecho de Familia, no hay reglas generales, ni principios universales.
Hay que atenerse al caso particular. Es preciso crear trajes a la medida de las personas, de la familia y del entorno social.

En España está creciendo, pero hay que tener en cuenta que una vez más, la deficiencia legislativa, pone trabas absurdas.
Por ejemplo, no puede acordarse esta forma de custodia cuando no hay acuerdo de los progenitores, si no existe un informe favorable del Ministerio Público.
Esta exigencia, que, por cierto, está recurrida ante el Tribunal Constitucional, que fallará dentro de 4 o 5 años, dejando en el interim desamparados a miles de niños, resulta tan absurda que se da la paradoja que tramitado contenciosamente un litigio que versa sobre la custodia de un menor, se rechaza la custodia compartida – alternativa – por no existir ese informe favorable del Fiscal, porque el Fiscal, por carencias de plantilla o por lo que sea, ni siquiera ha cumplido su obligación de asistir a la vista y de emitir su preceptivo informe.

¿Qué opina de la legislación que protege al menor es suficiente? ¿Y de los programas televisivos que se alimentan con el morbo de los mas jóvenes?
Yo no creo que el problema sea su insuficiencia, sino su falta de calidad, unida a la falta de preparación de muchos que tienen encomendadas las funciones de protección.
En cuanto a la televisión, daría para una charla completa este tema.
Parece que acallamos nuestras conciencias deformando la imagen para que no se reconozca a un menor, cuando le envenenamos con programas que satisfacen las más bajas pasiones y alimentan la violencia sin límites, olvidando de la obligación que tenemos de formarlos.

Otra tema es el de los conflictos familiares relacionados con los hijos incapacitados o menores, ¿cree que la Ley de Dependencia puede ayudar a resolver estos temas?.
La Ley de Dependencia puede ser un instrumento útil, pero no hay que olvidar lo que decía el Conde de Romanotes: “Dadme la ley, pero dejadme a mí el Reglamento”.
Es el desarrollo y puesta en práctica de la norma la que convierte a ésta en un globo lleno de aire o en una acción que, conducida por personas responsables, científicamente preparadas y con un alto sentido vocacional, produce resultados palpables para una de las tragedias de nuestra sociedad.

Por último ¿cómo ve el problema de la justicia, qué sugerencias ofrece su entidad para que mejore su calidad como servicio público?.
De nuevo creo que a esta altura de la entrevista, el tema que proponen se escapa de las manos. Desde tiempo inmemorial y en prácticamente todos los países del globo, no ha existido una voluntad política de impulsar la eficacia de la Justicia.
De siempre se han regateado los medios necesarios para hacer de este excelso poder del Estado, un elemento de paz y de aplicación del Derecho. Y cuando hablo de medios, me refiero a los materiales, a los personales y al mundo de las ideas.

Simplemente tomando el parámetro de sus tiempos, hay que afirmar una vez más, que una Justicia lenta, no es Justicia.
Pero nadie se sonroja cuando un día tras otro aparecen en los medios de comunicación noticias pavorosas en relación con el incumplimiento de los plazos judiciales y las demoras en los procesos y en la toma de decisiones, con consecuencias de gravedad inusitada.

Me vanaglorio de contar con el aprecio de ilustres miembros de la carrera judicial que, inmunes a la desesperación, cumplen su función en silencia, tratando de sujetar con las manos abiertas, el torrente de agua que inunda los campos por la rotura de la presa.

La falta de especialización, la actitud imperativa de muchos, la indiferencia de otros, la ausencia de medios técnicos de los que hoy disponen los escolares, son problemas a corregir.
Pero los que, como yo, llevamos asistiendo al espectáculo de la Justicia más de medio siglo, nos echamos a temblar cuando pomposamente se habla de reformas.
Una de ellas, se llevó por delante algo tan indiscutiblemente necesario como la Justicia Municipal, luego llamada de Distrito.

Yo creo – y con esto termino … por el momento – que lo primero que hay que hacer es poner en valor la función de juzgar y a los hombres que lo hacen.
Es la labor más trascendental en una sociedad moderna; en un llamado estado de Derecho. Hay que dotar del máximo de atractivo el oficio de Juez.

En todos los aspectos.
Para atraer a su sitial, no sólo a unos vocacionales sacrificados, dignos de admiración, sino a todos los mejores de cada promoción. Hay que restar cabezas y corazones a los Notarios, a los Registradores y a los Técnicos Comerciales.
Hay que convencer a nuestra sociedad de que la más alta misión a la que pueden y deben aspirar sus hijos, es la de Juez.
Y no la de Juez “estrella”, sino de aquel que con sentido común, imparcialidad y conocimiento de la ley y de la naturaleza humana, imparte día a día Justicia entre las cuatro paredes de su Tribunal. Porque … “Juzgar es oficio de dioses”.

La crisis recrudece la guerra del divorcio

http://www.xornal.com/artigo/2009/05/10/sociedad/crisis-recrudece-guerras-divorcio/2009051013480771386.html
La crisis recrudece las guerras del divorcio
Las penurias económicas de los españoles hacen que cada vez sea más difícil llegar a un acuerdo entre las partes. Las rupturas no consensuadas ya son el 40%.

Xornal de Galicia.12/05/2009
Pasar una pensión a los hijos resulta lo normal cuando se está trabajando.
Sin embargo, cuando el padre se queda en el paro, empieza a resultar inviable aportar la misma cantidad que antes.

La ruptura del matrimonio tiene un coste emocional y otro económico.
El desempleo y el pago de la hipoteca han reducido las demandas de divorcio, pero son cada vez más las parejas que acuden al juez sin acuerdo, y se multiplican las demandas para modificar las pensiones fijadas antes de la crisis.

En los Juzgados se incrementan las ejecuciones por impago de pensiones alimenticias o compensatorias y en los despachos de abogados de familia han aumentado también los trámites de divorciados que han perdido el empleo o complementos salariales, y que piden reducir las manutenciones establecidas por el juez.

Con las estrecheces económicas "se hace más difícil alcanzar acuerdos", constata en declaraciones a Efe el abogado Luis Zarraluqui, que preside el mayor despacho especializado en Derecho Familiar.
Hay profesionales, asalariados o autónomos, añade, que han visto mermar sus ingresos, pero también sus cónyuges creen ver en la crisis un pretexto para reducir las obligaciones.

Y aumentan los contenciosos.
Según la estadística de divorcios, separaciones y nulidades del Consejo General del Poder Judicial, en 2008 se rompieron 131.060 parejas, frente a las 141.304 del año anterior.
El 93% -121.814- fueron divorcios, y en 47.980 casos, sin acuerdo.

El organismo judicial, en un informe sobre los efectos de la crisis económica, confirma un descenso en las rupturas, pero un incremento de los divorcios no consensuados -ya son el 40%- a partir del segundo trimestre de 2008, "rompiéndose una fuerte tendencia decreciente".
Y prevé un aumento de disoluciones en 2009.

Hay parejas que no se divorcian por el gasto.
Optan por una separación de hecho y hacen "acuerdos privados para dejar clara su nueva forma de vida, sin oficializarlo", explica a Efe Trinidad Bernal, doctora en Psicología, con más de 20 años de experiencia en mediación familiar.
Puede haber cierta disminución de divorcios, agrega, pero "no porque no existan, sino porque todo lo que supone un coste se aplaza, y se buscan otras fórmulas".

Si la situación económica es muy deficitaria, "la separación no se lleva a cabo, porque no hay nada que repartir", y las personas intentan ingeniárselas, aunque hay fórmulas de convivencia -opina- difíciles de mantener. Es cierto que "las penas con pan son menos".

El divorcio puede costar al menos unos 1.800 euros, y se duplica si es contencioso.
La minuta puede variar en función de las circunstancias y el tiempo que se alarguen las negociaciones, precisa Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.

JUNTOS HASTA VENDER LA VIVIENDA.
En los últimos meses, explica a Efe, el parón en las ventas inmobiliarias y los problemas para conseguir crédito dificultan el cumplimiento de los convenios reguladores que determinaban la liquidación del domicilio conyugal en un precio y un plazo de tiempo.
Y surgen pactos antes impensados.

Los tribunales acogen ya "soluciones puente", agrega el presidente de los abogados de familia. Casos en los que, cuando no hay manera de vender el piso, y para evitar la subasta pública, se ha adjudicado a un miembro de la pareja a precio de tasación, y han acordado compartir techo durante un tiempo hasta que el otro recibe las llaves de la nueva casa.
La vivienda es hoy "el tema más espinoso", afirma Luis Zarraluqui.
Y la legislación propicia que "los niños vengan con un piso debajo del brazo, lo cual les hace más atractivos. Muchas veces, la gente pelea por la custodia, y no está peleando por ellos, sino por la casa".

El letrado insiste en la necesidad de modificar el artículo 96 del Código Civil (que otorga el uso de la vivienda familiar al progenitor que se queda con los niños), para que, en una interpretación más amplia, se contemplen las circunstancias económicas, personales y familiares de cada cónyuge y los hijos.

Debe considerarse la situación actual -coincide Isidro Niñerola- y "empiezan a verlo los jueces". Hace unos meses, una sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria limitaba a 3 años el uso del domicilio conyugal a una madre y su hijo, aunque siguiera siendo menor, para proteger también el interés del otro progenitor, argumentando la carestía de la vivienda y la realidad social.

También hay propuestas arriesgadas.
Parejas que plantean si pueden divorciarse y seguir compartiendo techo, o si deben esperar a vender el piso para legalizar su ruptura, según Alberto Rubio, creador de Separacionline.com, que tramita rupturas de mutuo acuerdo por Internet.
"Lo normal es que el juez ponga objeciones a aprobar el convenio regulador si van a seguir viviendo juntos", responde.
Pero sí se ha aceptado la división de viviendas grandes o de un dúplex, asignándose una planta a cada cónyuge y que los hijos compartieran todo el espacio.

Hay fórmulas de convivencia difíciles de mantener, opina la psicóloga Trinidad Bernal, "soluciones que no sé qué aguante van a tener", como es el caso de las personas que vuelven a vivir con los padres.
Pero permanecer en la misma casa puede tener consecuencias bastante negativas, y tampoco beneficia a los hijos.

"La separación física permite tranquilizar las emociones. Si no es posible convivir pacíficamente, seguir bajo el mismo techo puede agravar el conflicto emocional y ocasionar conductas que luego todos lamentamos", explica esta experta, directora de la Asociación Atención y Mediación a la Familia en Proceso de Cambio (ATyME).

Viendo la oportunidad, una inmobiliaria de la provincia de Huelva ofrece pagar el divorcio, en casos de mutuo acuerdo, a los clientes que compren uno de sus pisos.
En 10 días ha acudido una veintena de clientes, dijo a Efe un portavoz de la empresa, por lo que se plantean hacer acuerdos con promotores de otras provincias y particulares.

CUSTODIA COMPARTIDA.
La estadística judicial no recoge las resoluciones de custodia compartida de los hijos, aunque los abogados de familia confirman un aumento de las demandas "y de casos en los que se llega a ella de común acuerdo", asegura Zarraluqui.

Los padres -añade Niñerola- quieren un reparto de tiempos igualitarios, más allá del fin de semana alterno. "El camino es ampliar las comunicaciones, las pernoctas entre semana, y olvidar los regímenes estándar".
No es que lo pidan las asociaciones, "es una necesidad social y palpable en los despachos", afirma el presidente de la Asociación de Abogados de Familia. Algunas comunidades como Cataluña o la Generalidad Valenciana trabajan ya en su futura regulación.

Otra reivindicación de los expertos en crisis familiares es que todos estos conflictos los vea exclusivamente un juez de Familia.
Estos Juzgados se crearon en 1981 en las grandes capitales y, veintiocho años después, en otras ciudades "sigue habiendo miles de expedientes que son tramitados por otros jueces", asegura Zarraluqui.

El Futuro del Divorcio: La Custodia Compartida

http://www.xornal.com/artigo/2009/07/29/sociedad/futuro-divorcio-custodia-compartida/2009072916171656852.html

El futuro del divorcio: custodia compartida
Una nueva sentencia de la Audiencia de Barcelona obligará a una pareja divorciada a tener la guardia y custodia de sus dos hijos de uno y tres años de forma compartida, con lo que los niños vivirán con cada uno de sus progenitores el mismo tiempo.

Xornal.com Actualizado 29/07/2009
La Sección 18 de la Audiencia ha confirmado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18 de la capital catalana desestimando el recurso de la madre, que pretendía la custodia de sus hijos y un régimen de visitas y de pago de pensión alimenticia para el padre de 700 euros mensuales.
La Fiscalía también se opuso a la pretensión de la madre.

Así, los magistrados consideran que ambos progenitores están capacitados para cuidar de sus hijos, por lo que establece que los niños estarán con su padre los lunes y martes, con la madre los miércoles y jueves, y los fines de semana, de viernes a lunes por la mañana con cada uno alternativamente.

Las vacaciones escolares, si no hay acuerdo, las pasarán también por mitades con cada uno en el caso de Navidad y Semana Santa. En verano, los niños estarán los últimos días de junio y todo agosto con uno de sus progenitores y julio y los primeros días de septiembre con el otro. Cada año se alternarán los turnos de cada progenitor.

Para los gastos habituales de los menores, los magistrados obligan a crear una cuenta común, con ambos progenitores como titulares, en la que cada mes tendrán que ingresar 500 euros.
Los gastos extraordinarios también tendrán que ser compartidos por mitades.

Según la sentencia, la custodia compartida garantiza a los hijos el disfrute de ambos progenitores, lo que supone el modelo de convivencia "que más se acerca a la forma de vivir antes de la ruptura, que resulta menos traumática".

También, según los magistrados, se evita la aparición de "sentimientos negativos" en los menores, como miedo al abandono o sensación de culpa, además de fomentar una "actitud más abierta" y evitar la manipulación por parte de los padres.

Para los padres, que tienen un tiempo libre similar, se evita que el progenitor que no tiene la custodia sufra un sentimiento de pérdida o desmotivación.

En un comunicado, la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) se felicitó por esta sentencia, que va en la dirección que quiere la entidad.
Además, pide al resto de fiscales y jueces que siempre que puedan dictaminen la custodia compartida y animó a los parlamentos autonómicos y al Gobierno central a legislar en este sentido, como ya están haciendo el Parlament de Cataluña y las Cortes Valencianas

Custodia Compartida sin acuerdo de los padres

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=65548

(Cataluña) JUSTICIA-INTERIOR-SUCESOS,JUSTICIA
Audiencia otorga la custodia compartida de unos niños sin que padres la pidan

Barcelona, 29 jul (EFE).-
Una sentencia pionera de la Audiencia de Barcelona ha concedido la custodia compartida de dos niños de uno y tres años a sus padres separados, pese a que ninguno de ellos había solicitado ese régimen al juzgado que resolvió su demanda por divorcio.

La sentencia, que ha difundido hoy la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (FADIE), es novedosa por la corta edad de los hijos de la pareja divorciada y, también, por el hecho de que el juzgado de primera instancia estableció de oficio la custodia compartida, sin que los padres la pidieran.

El caso de estos 2 menores es, sin embargo, poco habitual, ya que fue el padre quien redujo la jornada para ocuparse del cuidado de los menores durante la convivencia familiar.
La Audiencia de Barcelona ha confirmado ahora, en una sentencia firme, el régimen que inicialmente dictó el juzgado de primera instancia número 18 de Barcelona y que sólo fue recurrido por la madre, ya que tanto el padre de los niños como la Fiscalía aceptaron la custodia compartida.

En su fallo, el juzgado establecía que los menores debían vivir con el padre los lunes y martes, y los miércoles y jueves con la madre, mientras que los fines de semana (de viernes a domingo) los pasarían de forma alterna con cada uno de sus progenitores, mientras que las vacaciones escolares se repartirían entre ambos.
Asimismo, obligaba a los padres a compartir a partes iguales los gastos educativos de los menores, así como los derivados de las actividades extra escolares, las deportivas y la mutua médica.

Para la Audiencia, en este caso se cumplen todos los presupuestos para que la guardia y custodia compartida "pueda establecerse con garantía de éxito", ya que, entre otros aspectos, durante la convivencia familiar el padre se estuvo ocupando "con amplitud" del cuidado de los menores.
De hecho, reconoce el fallo, fue el padre quien solicitó la reducción de jornada para dedicarse al cuidado cotidiano de los hijos comunes: los llevaba al colegio, al médico y al club de natación.
Uno de los pequeños, que nació tras 37 semanas de gestación, incluso tomó lactancia artificial para que el padre pudiera suministrársela por la noche, añade el fallo.

Otro de los aspectos que, según la Audiencia de Barcelona, facilita la custodia compartida es el hecho de que ambos progenitores mantienen "un buen nivel de comunicación" y preservan a los niños del conflicto judicial que los ha enfrentado por el divorcio.
Por este motivo, el fallo concluye que la custodia compartida debe confirmarse para mantener "la relación de los menores tanto con su padre como con su madre, con la misma frecuencia e intensidad que existía durante la convivencia familiar".

En un comunicado, la FADIE ha expresado su satisfacción por esta sentencia, que en su opinión supone "un gran salto hacia el sentido común en la gestión del divorcio" que deberían tomar como ejemplo todos los profesionales de la judicatura "para que la ruptura de una pareja con hijos se convierta en una opción de vida que conduzca a la felicidad de todos los miembros".
EFE.